
Disponibilidad de las declaraciones de importación en el RUNT
Esta declaración podrá ser consultada 24 horas después de la autorización de levante de la mercancía
Ante las quejas de los usuarios que importan vehículos, e informan que las declaraciones de importación no se reflejan cuando son consultadas en el RUNT, impidiendo que pueda continuar con el trámite respectivo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que como parte del procesamiento de datos entre el sistema MUISCA – SYGA – y RUNT, la Declaración de Importación estará disponible para ser consultada en el RUNT 24 horas después de la autorización de levante de la mercancía por parte de la DIAN.