DECRETO 797 de 2020



Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de arrendamiento de locales comerciales, siendo aplicable a los contratos cuyos arrendatarios a partir del 10 de junio de 2020 por las instrucciones de orden público, se encuentran en la imposibilidad de ejercer las siguientes actividades económicas conforme el Art. 2o de dicho Decreto, y dispone unos temas en terminación unilateral del contrato.

Fuente: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20797%20DEL%204%20DE%20JUNIO%20DE%202020.pdf




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