Decreto 847 del 14 de Junio de 2020



Decreto 847 del 14 de Junio de 2020 mediante el cual se modifica el Decreto 749 de 2020, a efectos de disponer -entre otras medidas- las siguientes:

I. Actividades físicas: i) Ejercicio al aire libre y la práctica deportiva de manera individual de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de 2 horas diarias; ii) actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños mayores de 6 años, tres (3) veces a la semana, una (1) hora al día; iii) actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños entre 2 a 5 años, 3 veces a la semana, media hora al día. El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, 3 veces a la semana, una hora al día.

II. Piscinas y polideportivos se podrán utilizarse para la práctica deportiva de manera individual por deportistas profesionales y de alto rendimiento.

III. Teatros solo se utilizarán para realizar actividades creativas, artísticas de las artes escénicas, sin ingreso de público.  

En. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20847%20DEL%2014%20DE%20JUNIO%20DE%202020.pdf 




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