
Prórroga de la emergencia sanitaria hasta el 28/febrero/2021
En consideración de la prórroga de la emergencia sanitaria hasta el 28/febrero/2021 (Res. 2230/2020 MinSalud), se hace necesario modificar la vigencia de las garantías globales para el mantenimiento del reconocimiento e inscripción de Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP) y Usuarios Altamente Exportadores (ALTEX) en concordancia con el Art. 2o del Dec. 436/2020, para lo cual, aquellos que tienen aprobada su garantía con una vigencia igual o superior al 28/feb/2021 e inferior al 31/may/2021 deben radicar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la Res. 2230/2020 (entiéndase hasta el 7/Dic/2020) ante la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero de la DIAN, la respectiva modificación de la vigencia de la garantía por el término de la prórroga de la emergencia sanitaria y tres (3) meses más, es decir, hasta el 28/may/2021 a fin de continuar con el registro aduanero.
Los UAP/ALTEX que tienen aprobada su garantía con una vigencia igual o superior al 28/may/2021 no deben modificarla.